NORMATIVIDAD
Y REGLAMENTO

Conoce las actas del comité de afiliados realizadas en la Cámara de Comercio de Ibagué
AFILIADOS
Menú
DERECHOS
Artículo 15. Los afiliados a las Cámaras de Comercio tendrán derecho a:
- Elegir y ser elegidos miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio, bajo las condiciones y los requisitos que determinen la ley y las normas reglamentarias.
- Obtener gratuitamente las certificaciones derivadas de su registro mercantil sin exceder del monto de su cuota de afiliación.
- Dar como referencia a la correspondiente Cámara de Comercio.
- Acceder gratuitamente a las publicaciones que determine la Cámara de Comercio.
DEBERES
Artículo 16. Los afiliados a las Cámaras de Comercio deberán:
- Cumplir con el reglamento interno aprobado por la Cámara de Comercio.
- Actuar de conformidad con la moral y las buenas costumbres.
- Pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.
- Denunciar cualquier hecho que afecte a la Cámara de Comercio o que atente contra sus procesos electorales.
- Normatividad y Reglamento Afiliados
- COMITÉ DE AFILIACIÓN
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!