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Sociedades no operativas: lineamientos de Supersociedades

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Nota de interés

Nos permitimos informar que atendiendo lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2020, las sociedades mercantiles que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años o que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como no operativas y, podrán ser declaradas de oficio como disueltas por la Superintendencia de Sociedades, salvo demostración en contrario de su parte.

Por tanto, a las personas que han faltado a la obligación de renovar su matrícula mercantil, en el lapso de los últimos tres (3) años, es decir, entre los años 2023, 2024 y 2025, este último como el tercer año consecutivo

Con esta comunicación queremos invitar a las personas que han faltado a la obligación de renovar su matrícula mercantil, en el lapso de los últimos tres (3) años, es decir, entre los años 2023, 2024 y 2025, a ponerse al día y renovar oportunamente su matrícula mercantil, para evitar de esta manera la disolución y estado de liquidación de su empresa y así, continuar apoyando la formalización y el fortalecimiento de la base empresarial de nuestro país.

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