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Bienvenidos al sitio web del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Ibagué. Este es el lugar en donde usted podrá acceder a los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos; mecanismos con los cuales puede usted dirimir los problemas que presente con terceros, con el propósito de evitar el acceso a los congestionados despachos judiciales y la resolución de sus conflictos en un menor tiempo.

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CONCILIACIÓN EN EQUIDAD

Mecanismo alternativo de solución de conflictos autocompositivo, por medio del cual dos o más personas solucionan sus conflictos por intermedio de un tercero llamado conciliador en equidad, quien ayudará a construir un acuerdo que a su vez tendrá plenos efectos jurídicos. Los conciliadores en equidad son nombrados por los Tribunales Superiores del Distrito Judicial; no requiere que sean abogados; es un cargo ad honorem; el requisito primordial es la capacidad de conciliar y solucionar conflictos. La justicia comunitaria reporta ventajas a los grupos sociales que la practican.

¿QUÉ ES LA CONCILIACIÓN?

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas naturales o jurídicas de carácter privado o público, nacional o extranjera, gestionan por sí misma la solución de sus conflictos, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador.

BENEFICIOS Y ALCANCE JURÍDICO DE LA CONCILIACIÓN EN DERECHO.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUÉ ES LA CONCILIACIÓN?

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas naturales o jurídicas de carácter privado o público, nacional o extranjera, gestionan por sí misma la solución de sus conflictos, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador.

¿Qué debo hacer para solicitar una conciliación?

¿CUÁLES SON LOS POSIBLES RESULTADOS DE UNA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN?

Una vez realizada la audiencia, la misma puede terminar con acuerdo caso en el cual se expide un acta de conciliación; no acuerdo, caso en el cual se expide constancia de no acuerdo o inasistencia de alguna de las partes, caso en el cual se expide constancia de inasistencia.

¿QUÉ PASA SI UNA PARTE NO SE PRESENTA A LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN?

Si una de las partes no asiste a la audiencia de conciliación, corresponderá a la parte que asiste decidir si se convoca o no a una segunda o tercera audiencia, según su elección, en caso de que definitivamente dicha parte no asista, el conciliador expedirá a los tres días hábiles una constancia de inasistencia y se les entregará a la o las partes asistentes. Dicha constancia de insistencia podrá ser utilizada por la parte que asista como prueba del agotamiento del requisito de procedibilidad, en caso de que aplique.

¿QUÉ ASUNTOS PUEDEN RESOLVERSE MEDIANTE CONCILIACIÓN?

¿CUÁLES SON LOS EFECTOS DE UN ACTA DE CONCILIACIÓN?

Son dos: cosa juzgada y mérito ejecutivo. El primero se refiere a que el tema que ya fue negociado no es susceptible de ser discutido nuevamente en otra instancia y el mérito ejecutivo hace referencia a que el acta como tal es un título y en caso de incumplimiento podrá hacerse efectivo a través de un proceso ejecutivo.

¿PARA ACUDIR A LA CONCILIACIÓN NECESITO ABOGADO?

No, la conciliación es un mecanismo donde la parte directamente involucrada en el conflicto es quien debe realizar todas las actuaciones necesarias para lograr un acuerdo.

¿QUÉ ES EL ARBITRAJE?

El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes defieren a árbitros la solución de una controversia relativa a asuntos de libre disposición o aquellos que la ley autorice. El laudo arbitral es la sentencia que dicta el tribunal de arbitraje y puede ser en derecho, en equidad o técnico. (Artículo 1 ley 1563 de 2012).

BENEFICIOS Y ALCANCE JURÍDICO DEL ARBITRAJE.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUÉ ES EL ARBITRAJE?

El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes defieren a árbitros la solución de una controversia relativa a asuntos de libre disposición o aquellos que la ley autorice. El laudo arbitral es la sentencia que dicta el tribunal de arbitraje y puede ser en derecho, en equidad o técnico. (Artículo 1 ley 1563 de 2012).

¿CÓMO SE PACTA EL ARBITRAJE?

Generalmente hace parte del clausulado de un contrato celebrado por las partes, en el que de manera expresa se pacta que en el evento de un conflicto surgido en ocasión a dicho contrato las partes se abstienen de dirimirlo antes los jueces ordinarios y deciden que sea resuelto por un tribunal de arbitramento. 

Excepcionalmente se puede pactar esta cláusula posteriormente al surgimiento del conflicto.    

¿Cómo se constituye el Tribunal de Arbitramento?

Se constituirán por el número de árbitros que las partes dispongan, siempre que se trate de un número impar.

Los tribunales de menor cuantía estarán integrados por un (01) árbitro y los de mayor, se constituirán por tres (03), salvo que las partes dispongan un número impar diferente. 

¿EN DÓNDE PRESENTO LA DEMANDA ARBITRAL?

Deberá presentarse en el Centro pactado por las partes en la cláusula compromisoria, si no se establece, deberá ser presentada en el domicilio de la parte demandada.

¿QUÉ COSTO TIENE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA ARBITRAL?

El costo de la presentación de la demanda arbitral depende directamente de la cuantía del trámite:

Menor Cuantía: 1 salario mínimo legal mensual vigente

Mayor Cuantía o Cuantía indeterminada: 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿QUÉ ES LA AMIGABLE COMPOSICIÓN?

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o más particulares, un particular y una o más entidades públicas, o varias entidades públicas, o quien desempeñe funciones administrativas. Delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición. (Artículo 59 ley 1563 de 2012).

BENEFICIOS Y ALCANCE JURÍDICO DEL ARBITRAJE.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUÉ ES LA AMIGABLE COMPOSICIÓN?

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o más particulares, un particular y una o más entidades públicas, o varias entidades públicas, o quien desempeñe funciones administrativas. Delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición. (Artículo 59 ley 1563 de 2012).

¿QUIÉN ES EL AMIGABLE COMPONEDOR?

Es un tercero imparcial e independiente que ha sido facultado por las partes para resolver, de forma definitiva, una controversia que ha surgido entre ellas. Además, este puede tener cualquier profesión y se caracteriza por su conocimiento especializado en una materia específica.

¿CUALES SON LOS BENEFICIOS Y EL ALCANCE DEL AMIGABLE COMPONEDOR?

PORQUE HABLANDO SE ARREGLAN LAS COSAS

Servimos como mediadores, facilitadores, conciliadores para orientarlos de la manera más adecuada para encontrar una solución al problema. Ofrecemos métodos fáciles y agradables para resolver los problemas que usted tiene con vecinos, parientes, acreedores, patronos o deudores por medio de:

LO AYUDAMOS EN

También contribuimos a la solución pacífica de conflictos por medio de: Charlas y conferencias, cultura de conciliación escolar, asistencia permanente en los 4 centros comunitarios en Ibagué. Estos centros se encuentran en:
Los cuales son espacios de servicio social gratuito para la comunidad de estratos 0, 1 y 2 donde usted podrá solucionar conflictos civiles o de familia.

ASUNTOS

PENALES
DE FAMILIA
POLICIVOS
CIVILES
ARBITRAJE
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Listado Conciliadores Vigentes

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Listado de Conciliadores En Derecho Especialidad Civil

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Tarifas Arbitraje Año 2023

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Tarifas Conciliación Año 2023 - Decreto 1829

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Listado Conciliadores en Derecho Especialidad Transito

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Listado Conciliadores en Derecho Especialidad Familia

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Listado Oficial de Arbitros

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Listado Amigables Componedores

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SE-F-022 Solicitud de conciliación

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Base de Datos Conciliadores Equidad

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