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INSTRUCTIVO PAGO MULTA
(FONTUR)

INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE MULTA A FONTUR PARA REACTIVACION DE RNT
La reactivación del Registro Nacional de Turismo (RNT) procede en los casos en que el registro se encuentre suspendido, ya sea por decisión voluntaria del prestador o por la omisión en la renovación dentro del plazo legal establecido. En este último supuesto, el prestador de servicios turísticos que solicite la reactivación de su RNT deberá proceder al pago a favor de FONTUR de la multa correspondiente a 106,11 UVB, mediante el aplicativo “Pago Multa Reactivación RNT” dispuesto por FONTUR, conforme a lo previsto en el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023, mediante la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026.
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En el evento que un prestador de servicios turísticos presente inconvenientes con su pago o tenga alguna inquietud al respecto, podrá comunicarse directamente con FONTUR, a través del siguiente enlace de atención de solicitudes escritas:
