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TARIFA ESPECIAL RENOVACIÓN 2021

EL 99,8% DE LAS EMPRESAS DE LA JURISDICCIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE IBAGUÉ, PAGARÁN MENOS POR LA RENOVACIÓN DE SU MATRÍCULA MERCANTIL

Imagen Sede Cámara de Comercio Centro

A través del Decreto 1756 del 23 de diciembre de 2020 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, fue dada a conocer la reducción en las tarifas que regirán en el año 2021, para la renovación mercantil de las mipymes y otros trámites registrales.

Según las cifras de la Cámara de Comercio de Ibagué las micro, pequeñas y medianas empresas de los 11 municipios de su jurisdicción corresponden al 99,8% del tejido empresarial, lo que equivale a 26.470 empresas, para las cuales aplicará el descuento del 5% en la renovación de la matrícula mercantil, siempre y cuando realicen el trámite en los tres primeros meses del año en curso.

Es importante mencionar que el descuento sobre la tarifa para la renovación mercantil también aplicará para Entidades Sin Ánimo de Lucro, como las Cooperativas y Entidades del Régimen de Economía Solidaria, siempre y cuando realicen el pago en los primeros tres meses del año.

“Todo el apoyo que se pueda dar a los empresarios en esta crítica situación es bienvenido, porque sus finanzas están gravemente afectadas, y precisamente entendiendo la crisis que atraviesa el sector productivo, desde la CCI tenemos retos muy importantes y líneas de trabajo en el 2021 que apuntan a esa recuperación económica, a través de estrategias encaminadas hacía el fortalecimiento del emprendimiento, la innovación, el fortalecimiento empresarial, la implementación de las TIC en las empresas, y algo muy importante el crecimiento de las empresas y la generación de empleo”, indicó Brian Bazin Bulla Tovar Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Ibagué.

Otros trámites registrales que tienen reducción

La reducción económica en el pago de los trámites registrales se convierte en un apoyo directo a la reactivación económica de las empresas, por lo tanto, el alivio no solo se direccionó a la renovación de la matrícula mercantil, sino que también se redujo en un 5%  el valor de los certificados que se expiden en las Cámaras de Comercio, el 7% menos en los derechos de inscripción de actos y documentos, en la cancelación e inscripción de libros, en las mutaciones y en la cancelación de la matrícula mercantil.

Teniendo en cuenta, que esta reducción de tarifas también aplica para la cancelación de la matrícula mercantil, los comerciantes matriculados como persona natural (mipymes), podrán cancelarla durante los tres primeros meses del año, sin hacer el pago de la renovación de los años 2020 y 2021, aspecto que también cobija a las personas jurídicas (mipymes), con excepción de las Entidades Sin Ánimo de Lucro.

Este alivio se presenta sobre la tarifa de la renovación y cancelación de la matrícula mercantil, pero no aplicará en la matrícula de personas naturales, jurídicas y establecimientos, agencias y sucursales, ni en el Registro Único de Proponentes, por lo tanto. Por lo tanto, si una persona natural o jurídica realiza por primera vez su matrícula mercantil, la de su establecimiento y/o sucursales, no tendrá este descuento

La reducción de tarifas aplica para renovación y cancelación de la matrícula mercantil, pero no para matrícula nuevas.

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